Descripción del trámite
Por no sujetarse a la realidad, cuando se demuestra con el acta de nacimiento el nombre correcto, con el que fue registrada la persona quien pide la modificación en su acta de matrimonio, (nombre, lugar y fecha de nacimiento u otro dato esencial que afecte la identidad de la persona).
Categoría
Materia Familiar
Sustento legal
Art. 78 de la Constitución Politica del Estado Sinaloa. Art. 1° de la Ley de la Defensoría Pública del Estado de Sinaloa. Art. 7, fracción III y IV del Reglamento de la Ley de la Defensoría Pública del Estado. Art. 414, del Código Procesal Familiar.
Requisitos
- Acta de matrimonio (en original y copia).
- Documento y/o documentos públicos que acrediten el dato correcto que se debe asentar en el acta a rectificar (en original y copia).
- Nombre y domicilio de 4 personas que le puedan servir como testigos (en caso de ser necesario).
- Los documentos deberán presentarse en original o certificados ante Notario Público y copia simple.
- Acudir ambos cónyuges para iniciar el juicio.
Costo
Gratuito
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