Descripción del trámite
Es la prestación de dinero o especie que una persona en determinadas circunstancias puede reclamar de otras (entre las señaladas por la Ley), para su mantenimiento y sobrevivencia; ya que es todo aquello que por ministerio de ley o resolución judicial un individuo tiene derecho a exigir (acreedor) de otro (deudor) para vivir. Los alimentos comprenden: alimentación, vestido, calzado, vivienda, salud, esparcimiento y educación.
Categoría
Materia Familiar
Sustento legal
Art. 78 de la Constitución Politica del Estado Sinaloa. Art. 1° de la Ley de la Defensoría Pública del Estado de Sinaloa. Art. 7, fracción III y IV del Reglamento de la Ley de la Defensoría Pública del Estado. Art. 210, fracción I, del Código Procesal Familiar.
Requisitos
- Acta de nacimiento de los hijos original y copia.
- Acta de matrimonio (en caso de ser casados) en original y copia.
- Constancia de estudio de los hijos, original y copia.
- Comprobantes de gastos de los hijos y del hogar, en original y copia.
- Constancias médicas que acrediten incapacidad o padecimiento clínico, para el caso regulación de la pensión alimenticia, si requiriera atención especial (original y copia).
- Número de cuenta en donde se depositará la pensión alimenticia cuando sea el caso.
- Nombre correcto de la razón social o dependencia en donde labora el demandado.
- Domicilio particular y laboral correcto del demandado (calle, No. de casa, entre calles, colonia y C.P.).
- Cualquier documento o dato que identifique la obtención de ingresos del demandado.
- Nombre y domicilio de 4 personas que le puedan servir de testigos (en caso de ser necesario).
- Señalamiento del domicilio actual de los acreedores alimentistas.
Costo
Gratuito
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